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Con la llegada primavera y el inicio del buen tiempo, los árboles lucen mucha más frondosidad. Los jardines, huertos y parcelas privadas vuelven a llenarse de verde.

Para lo que algunos propietarios se trata de un simple tema relacionado a la estética y manutención del hogar, en otros casos puede terminar convirtiéndose en un conflicto vecinal con consecuencias legales.

Situación legislada

Por ello, es necesario no olvidar que existen ciertas legislaciones que obligan a podarlos.

El Código Civil y varias ordenanzas municipales recogen la fijación de distancias mínimas entre los árboles de una propiedad con las de un vecino.

¿Qué dice el Código Civil?

Si no hay ordenanza municipal o costumbre distinta que lo indique, mediante el artículo 591 y 592, el Código Civil establece que los árboles deben ser plantados al menos a dos metros de la línea divisoria, y los arbustos o árboles bajos a 50 centímetros.

Puede llegar a tribunales

Así que los vecinos, en ese caso, pueden exigir la poda de la vegetación, e incluso llevar el caso a tribunales, si la distancia es inferior a la establecida.

Ya que el Código Civil también expresa que en caso de que las ramas o raíces invadan la finca de un vecino, se puede exigir la tala de las mismas.

¿Qué genera conflicto?

De hecho, si no se respetan las distancias y la situación genera perjuicios, el vecino puede solicitar también incluso que se arranque el árbol y reclamar una indemnización por daños si acredita que la plantación ha afectado a su propiedad. 

No siempre es necesario que exista un daño grave para que aparezca el conflicto. En muchos casos, basta con que las ramas invadan el espacio del vecino, generen sombra constante, ensucien patios o canalones o provoquen molestias recurrentes.

No hay multas concretas

Con el paso del tiempo, también pueden surgir problemas derivados del crecimiento de las raíces, especialmente cuando afectan a muros, suelos, conducciones o pequeños elementos de la vivienda.

El Código Civil no establece una multa concreta por tener árboles demasiado cerca de la casa del vecino, y este se trata de uno de los puntos que más dudas genera.

El cumplimiento de la distancia es obligatorio

La ley sí recoge el derecho del afectado a exigir que se cumpla la distancia legal y que se corrija la invasión de ramas o raíces.

Las sanciones económicas dependerán de lo establecido por ordenanzas municipales o la normativa urbanística local.

Hasta 500 euros en Madrid

Por ejemplo, la Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia Vecinal de Soto del Real, en Madrid, pone sanciones de hasta 500 euros en casos de conductas relacionadas con el mantenimiento de parcelas privadas.

La mejor forma de evitar conflictos es comprobar antes de plantar si existe una ordenanza municipal específica y, en caso de que no haya, respetar la regla general del Código Civil.

Recordar las reglas

Recordar que la regla pone los límites en dos metros para árboles altos y 50 centímetros para arbustos o árboles bajos.

Tener en mente esta simple precaución puede evitar reclamaciones futuras, gastos añadidos y enfrentamientos con los vecinos.

Prever situaciones conflictivas

En definitiva, tener un jardín privado no permite plantar sin límites. Los propietarios tienen la obligación de podar y mantener sus plantas para que no invadan las propiedades ajenas, ni las afecten.

Por ello, cuando un árbol se acerca demasiado a la vivienda o al terreno del vecino, la ley marca distancias, reconoce derechos al afectado y abre la puerta a reclamaciones e incluso sanciones si así lo prevé la normativa local.

Este tipo de normas no solo buscan resolver disputas una vez se han producido, sino también prevenirlas. Respetar las distancias mínimas desde el principio puede evitar enfrentamientos vecinales, reclamaciones judiciales y gastos posteriores. En zonas residenciales con jardines o parcelas, esta cuestión cobra todavía más importancia, ya que la cercanía entre fincas eleva el riesgo de conflicto.

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